“Cumplo con un requisito de honestidad, porque los olvidos me joroban el alma, me joden la vida, me llenan de una indignación globalizada”. Marcio Veloz M.
Desde el 8 de diciembre ha calado a los medios de comunicación las aspiraciones presidenciales de Ramfis Leónidas Trujillo (Nieto). Sus aspiraciones han suscitado el respaldo de quienes idealizan la dictadura y el rechazo de una población cicatrizada por la dictadura de su abuelo.
Más allá de los sentimientos encontrados, resulta interesante sistematizar el marco legal en el que se podrían sustentar las aspiraciones de Ramfis Leónidas (Nieto) y presentar algunos antecedentes que lo pueden explicar.
Presidentes y su relación con el extranjero:
Ningún nacido en otra tierra es responsable de la trayectoria de sus padres, aunque esto no implique cargar con el peso de su accionar. “Nadie puede ser perseguido, investigado ni sometido a medidas de coerción sino por el hecho personal”. (Art. 17, CPP). De manera que, a partir de esta premisa, negarle los derechos comunes a todo dominicano, no es más que comprometerlos ante el accionar de sus antecesores.
Más allá del plano interpretativo está el plano legal, que determina, identifica, incluye y delimita que solo los dominicanos de nacimiento u origen pueden aspirar a la primera magistratura de la nación dominicana. (Art. 123-1 Constitución del 2015)
Se puede afirmar, que a partir de este articulo el nieto de Trujillo al ser hijo de Angelita cumplo con el origen dominicano. Sin embargo, queda impedido por el párrafo del art. 20, que expresa que: “Las dominicanas y dominicanos que adopten otra nacionalidad por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la presidencia y vicepresidencia de la República si renunciaren a la nacionalidad adquirida con diez años de anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo…”
Aunque resulta interesante aclarar que, en períodos pre y post independencia existieron personas nacidas en el exterior que accedieron a la presidencia de la República Dominicana.
Presidentes Dominicanos que nacieron en el extranjero:
Marco legal y aspiraciones presidenciales
Conforme al art. 124 de la Constitución Dominicana el presidente debe ser electo cada cuatro años. Mientras que el Art. 123 contempla como requisito la dominicanidad de nacimiento u origen, tener treinta años de edad, no ser actualmente militar o haberlo sido durante los tres años previos a las elecciones, además de estar en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos. Visto desde la constitución, Ramfis está habilitado para aspirar a la presidencia de la República. (Constitución Dominicana, 2010)
Pero existen otras acepciones que le inhabilitan, como lo es el art. 20, al expresar que: “Las dominicanas y dominicanos que adopten otra nacionalidad por acto voluntario o por el lugar de nacimiento, podrán aspirar a la presidencia y vicepresidencia de la República si renunciaren a la nacionalidad adquirida con diez años de anticipación a la elección y residieren en el país durante los diez años previos al cargo…”. También, la ley 5880 del año 1962, que establece la prohibición de toda acción que rememore a la dictadura. Así lo establece el Art. 1 de dicha ley:
“Toda persona que alabe o exalte a los Trujillo o su régimen tiránico, en alta voz, o por medio de gritos, discursos, escritos públicos o epistolares, dibujos, impresos, grabados, pinturas o emblemas se considerará y juzgará como autor de delito contra la paz y la seguridad públicas y será castigada con prisión de diez días a un año o multa de diez a quinientos pesos oro o con ambas penas a la vez. Párrafo.- En iguales penas incurrirán los que formen parte de grupos o reuniones destinados a los fines arriba indicados o los que hagan circular rumores relativos a1 posible restablecimiento del régimen de los Trujillo, por estar este en pugna con el sistema democrático establecido por la Constitución de la República”. (Ley 5880: Que establece penas contra las alabanzas al pasado regimen tíranico y antidemocríatico de Trujillo , 1962, págs. 1-2)
Siendo reafirmada por la resolución que establece:
“Ordenamos a todos los ministerios públicos a nivel nacional que tomen todas las medidas necesarias para prohibir todas las manifestaciones tendentes a exaltar, promocionar, promover y reivindicar la imagen de Rafael Leónidas Trujillo Molina, hasta tanto devenga una disposición judicial o legislativa que exprese lo contrario”. (Resolución 038-2010-000111b).
Ante esta prohibición, en el año 2013, el mismo Ramfis, elevó una solicitud para que se declare la no vigencia de la ley 5880, bajo el entendido de que la Constitución del 2010 la relegaba, siendo rechazado por la Procuraduría General de la República en la persona de Francisco Domínguez Brito, bajo la resolución 0001140. Además a todo esto se le suman los siguientes casos:
a) El Rechazo a la presentación del libro de Angelita Trujillo (2010). Resultó ser prohibida por la Resolución 038-2010-000111b de la PGR
b) Choques entre la Fundación Patriótica y la Fundación Rafael Leónidas Trujillo (2012) (Quiroz, 2013)
La base legal está clara y precisa, otros argumentos de tipo ético, ideológico y patriótico pueden añadirse a las razones legales, que serán materia de otro ensayo.
Referencias
Consejo Superior. (3 de Mayo de 1962). Ley 5880: Que establece penas contra las alabanzas al pasado regimen tíranico y antidemocríatico de Trujillo. Obtenido de https://bonoc.files.wordpress.com/2008/06/ley5880.pdf
Constitución Dominicana. (2010). Obtenido de http://observatorioserviciospublicos.gob.do/baselegal/constitucion2010.pdf
CPP. (2007). Código Procesal Penal de la República Dominicana. Obtenido de http://www.oas.org/juridico/pdfs/mesicic4_repdom_codpp.pdf
Cruz Tejada, M. (10 de Noviembre de 2008). RD ha tenido cuatro presidentes extranjeros. Recuperado el 12 de Diciembre de 2017, de https://www.diariolibre.com/noticias/rd-ha-tenido-cuatro-presidentes-extranjeros-GOdl176752
Diario Libre. (2017). Nieto del dictador Rafael Leonidas Trujillo presenta su candidatura a la presidencia del país. Obtenido de http://www.revistadelcomercio.net/nieto-del-dictador-rafael-leonidas-trujillo-presenta-candidatura-la-presidencia-del-pais/
Quezada, D. (8 de Diciembre de 2017). ¿Aspiración a la Presidencia de Ramfis Leonidas Trujillo es válida? Obtenido de http://www.elcaribe.com.do/2017/12/08/aspiracion-a-la-presidencia-de-ramfis-leonidas-trujillo-es-valida/
Quiroz, F. (2013). Harán cumplir la ley que prohíbe elogiar a Trujillo. Obtenido de https://www.listindiario.com/la-republica/2013/03/23/270600/haran-cumplir-la-ley-que-prohibe-elogiar-a-trujillo
**Los autores son Profesores de la UASD, Recinto San Francisco.
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