La materia de amparo ha cobrado auge en el país y se ha posicionado como una vía efectiva para los ciudadanos reclamar sus derechos, representando el 33.4 de los expedientes recibidos por el Tribunal Constitucional en el primer semestre de este año.
De los 1,711 casos que han llegado al TC a partir de su funcionamiento en 201 2y hasta junio de este año, 573 corresponden a recursos de revisión de sentencias de amparo y acciones directas sobre esa materia, de los cuales han sido fallados 172, correspondiente al 30.5%.
Con este mecanismo los ciudadanos han demandado protección de sus derechos fundamentales contemplados en la Constitución, siendo los más exigidos el de propiedad, trabajo, educación, salud, medio ambiente, empresa, político, defensa y el debido proceso y libertad de tránsito.
Las estadísticas, publicadas por el TC en su página web, muestran un incremento tanto del número de casos recibidos, como de fallos sobre amparo. En 2013 el TC recibió 256 expedientes, 70 más que en 2012. En los primeros seis meses de este año van por 131. En cuanto a los fallados, en 2013 se emitieron 85 sentencias, 57 más que en 2012 y 59 hasta junio de este año.
Los demás casos corresponden a acciones directas de inconstitucionalidad, control preventivo de tratados internacionales, conflicto de competencia y demandas de revisión de decisiones jurisdiccionales, que junto con los recursos de amparo constituyen las atribuciones que la Constitución y la ley 137- 11 conceden al TC.
Sometimientos
En materia de amparo, el TC se apodera mediante recurso de revisión de sentencias emitidas por los tribunales ordinarios sobre acciones presentadas por los ciudadanos que consideran se les ha vulnerado un derecho fundamental.
Conforme a la ley, “la acción de amparo será admisible contra todo acto omisión de una autoridad pública o de cualquier particular, que en forma actual o inminente y con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta lesione, restrinja, altere o amenace los derechos fundamentales consagrados en la Constitución”.
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